domingo, 19 de noviembre de 2017

conclusión

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figura #4

CONCLUSIÓN

  El derecho de la cultura es una disciplina emergente que debe asumir la misión de hacer valer, a través de reglas y principios jurídicos, las necesidades y aspiraciones de la sociedad en relación con los valores culturales y en defensa de la identidad, del derecho a la diversidad y del acceso de todos a ese patrimonio espiritual insustituible. Es necesario garantizar en la actualidad, para todos los seres humanos, un espacio de protección previo a la creación, de manera que se favorezca y posibilitaste misma;lo cual,a su vez, lleva implícito como precedente el reconocimiento y la posibilidad del ejercicio efectivo de otros derechos humanos.



En nuestros días la creación debe ser ante todo defendida frente a los intereses mercantiles que la desvirtúan. El derecho de autor, debe ser, en particular, defendidoysalvado de la deformación que han provocado en él los intereses mercantiles.
El acceso a las obras no puede depender únicamente de la capacidad de pago; tampoco es posible que la protección dependa únicamente de la capacidad del resultado de generar ingresos económicos.

jueves, 16 de noviembre de 2017

copyright

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figura #3


COPYRIGHT


El símbolo del copyright "©" es usado para indicar que una obra está sujeta al derecho de autor.
El derecho de autor (del francés droit d'auteur) es un conjunto de normas y principios que regulan los derechos morales y patrimoniales que la ley concede a los autores (los derechos de autor), por el solo hecho de la creación de una obra literaria, artística o científica, tanto publicada o que todavía no se haya publicado.
En el Derecho anglosajón se utiliza la noción de copyright (traducido literalmente como derecho de copia) que, por lo general, comprende la parte patrimonial de los derechos de autor (derechos patrimoniales).
Una obra pasa al dominio público cuando los derechos patrimoniales han expirado. Esto sucede habitualmente trascurrido un plazo desde la muerte del autor (post mortem auctoris). Por ejemplo, en el derecho europeo, 70 años desde la muerte del autor. Dicha obra entonces puede ser utilizada en forma libre, respetando los derechos morales.

copyleft

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FIGURA #2

COPYLEFT
El copyleft (a veces traducido como izquierdo de autor​ o izquierdo de copia​) es una práctica legal que consiste en el ejercicio del derecho de autor con el objetivo de propiciar el libre uso y distribución de una obra, exigiendo que los concesionarios preserven las mismas libertades al distribuir sus copias y derivados.​ Los autores pueden aplicar una licencia con copyleft a programas informáticos, obras de artetextos o cualquier tipo de trabajo creativo que sea regido por el derecho de autor.

Sus partidarios lo proponen como alternativa y defensa contra las restricciones al público en las que normalmente incurren los editores y la industria del entretenimiento.​ Se pretende así que quienes poseen los derechos patrimoniales de una obra la ofrezcan mediante una licencia libre; al mismo tiempo que una cláusula adicional (el copyleft) protege los derechos ofrecidos en la licencia de intentos subsecuentes de privatización por parte del público (mientras la obra no pase al dominio público).​ Las licencias con copyleft son entonces una de las categorías principales de licencia libre; en contraste con las llamadas licencias permisivas o sin copyleft, y en contraste con el dominio público.
El término surge en la comunidad del software libre como un juego de palabras en torno a copyright: «derecho de autor» en inglés (literalmente «derecho de copia») con otro sentido, el de left: pretérito del verbo dejar o permitir (literalmente «dejada-copia»), así como izquierda, en contraste con right, que es derecho. (Véase la sección de Etimología).

La Licencia Pública General de GNU (GNU GPL por sus siglas en inglés) proviene de la primera licencia con copyleft, escrita por Richard Stallman, y continúa siendo la favorita entre las licencias de software libre y código abierto. Creative Commons, una organización sin fines de lucro fundada por Lawrence Lessig, también ofrece entre sus licencias disponibles al uso general una provisión análoga denominada share-alike o compartir-igual.

derechos de autor


figura #1


DERECHOS DE AUTOR

El derecho de autor es un conjunto de normas jurídicas y principios que afirman los derechos morales y patrimoniales que la ley concede a los autores (los derechos de autor), por el simple hecho de la creación de una obra literariaartísticamusicalcientífica o didáctica, esté publicada o inédita. La legislación sobre derechos de autor en Occidente se inicia en 1710 con el Estatuto de la Reina Ana.


Se reconoce que los derechos de autor son uno de los derechos humanos fundamentales en la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
En el derecho anglosajón se utiliza la noción de copyright (traducido literalmente como ‘derecho de copia’) que —por lo general— comprende la parte patrimonial de los derechos de autor (derechos patrimoniales).
Una obra pasa al dominio público cuando los derechos patrimoniales han expirado. Esto sucede habitualmente trascurrido un plazo desde la muerte del autor (post mortem auctoris). El plazo mínimo, a nivel mundial, es de 50 años y está establecido en el Convenio de Berna. Muchos países han extendido ese plazo ampliamente. Por ejemplo, en el Derecho europeo, son 70 años desde la muerte del autor. Una vez pasado ese tiempo, dicha obra entonces puede ser utilizada en forma libre, respetando los derechos morales.

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